Jóvenes reciben prisión preventiva por caso contra pequeña en Los Tres Brazos

Santo Domingo.– Ángela Mateo, madre de Julio Mateo, uno de los cinco jóvenes implicados en el caso de la presunta vulneración grupal de una adolescente de 16 años en el sector Los Tres Brazos, aseguró que su hijo fue acusado de manera injusta. La medida de coerción dictada establece tres meses de prisión preventiva en la cárcel de San Pedro de Macorís.

Mateo explicó que su hijo solo se encontraba en el lugar porque lo enviaron a buscar un abanico en horas de la mañana. Pidió a las autoridades profundizar en las investigaciones antes de afectar a personas que considera inocentes. “Ellos no le hicieron nada a ella, y en el caso del mío, lo único que hizo fue cumplir con un mandado a las diez de la mañana”, expresó.

La madre también puso en duda la versión de los parientes de la víctima, alegando contradicciones. Sostuvo que la menor fue dejada afuera de su casa durante la madrugada y que la historia sobre su supuesta desaparición desde la puerta del hogar no corresponde con lo ocurrido.

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En la misma línea, Isabel Ramírez, madre de Braylyn Cepeda, manifestó que no existen pruebas suficientes contra los acusados. Según explicó, las declaraciones de los familiares de la víctima han cambiado en varias ocasiones, lo que genera dudas sobre cómo ocurrieron realmente los hechos.

A pesar de estas declaraciones, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este dictó prisión preventiva contra Joel Morrobel Peña (Matatán), Braylyn Cepeda Ramírez (El Gago), Harolin José Martínez (Arolin), Julio José Mateo y Omar Reyes Vásquez. Todos quedaron vinculados en el expediente presentado por la fiscal investigadora Elizabeth Parra.

De acuerdo con la acusación, el incidente tuvo lugar el 23 de agosto de 2025. La adolescente salió de su hogar con la intención de dirigirse al lugar donde trabaja su padre, pero en el camino fue interceptada por dos conocidos que, en lugar de acompañarla a su destino, la llevaron a una vivienda donde ocurrió el hecho, según su testimonio.

La jueza Karen Casado Minyety fue quien ordenó la medida de coerción, calificando de manera preliminar la imputación como violación a los artículos 331 y 354 del Código Penal, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, así como a varios artículos del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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